Las siguientes reglas están diseñadas para mantener las buenas condiciones del apartamento y para tener una excelente convivencia con los vecinos.
Gracias por reservar con nosotros, te damos la bienvenida. Queremos asegurarnos que has leído la descripción completa del alojamiento, que la comprendes y aceptas las características.
PROPÓSITO
Estas normas de convivencia tienen el propósito de proteger la salud, la seguridad, armonía y el bienestar de los arrendatarios, establecer los requisitos que deberán satisfacer los negocios de arrendamiento y promover el mejoramiento continuo de éstos, mediante la garantía de un clima propicio para todas las personas que viven en la casa.
ARTÍCULOS
ARTÍCULO 1°. El ARRENDADOR se reserva el derecho de admisión.
ARTÍCULO 2°. Los aparta-estudios cuentan con capacidad de vivienda para UNA (1) persona. El contrato de arrendamiento establece que se arrienda para una (1) sola persona, queriendo decir que el arrendatario no podrá convivir de forma permanente con otra persona dentro del aparta-estudio.
ARTÍCULO 3°. NO FUMAR dentro de la casa ni la propiedad.
ARTÍCULO 4°. ESTÁ PROHIBIDO REALIZAR FIESTAS a cualquier hora y día de la semana, o RUIDOS QUE PERTURBEN la tranquilidad de los demás arrendatarios y/o vecinos.
ARTÍCULO 5°. NO SE RENTA PARA FIESTAS, grupos de estudiantes, o cualquier otro grupo que no sea familiar.
ARTÍCULO 6°. NO SE PERMITEN ninguna clase de MASCOTAS.
ARTÍCULO 7°. Tanto los arrendatarios como el arrendador tienen la obligación de denunciar ante la autoridad competente cualquier ilícito o hecho que diere lugar a responsabilidad por algunas de las partes en sus personas y bienes, siempre y cuando ocurra dentro la casa.
ARTÍCULO 8°. En caso de robo o pérdida de llaves de la casa, por seguridad, se debe informar al arrendador y el cambio de cerradura, siendo la responsabilidad del arrendatario el gasto ocasionado por el cambio y las copias de las llaves necesarias para el número de aparta-estudios (8 aparta-estudios) y 2 copias extras (para el arrendador).
ARTÍCULO 9°. En caso de robo o pérdida de llaves del aparta-estudio, por seguridad se decide cambiar la cerradura, siendo la responsabilidad del arrendatario el gasto ocasionado por el cambio de guardas y llaves.
ARTÍCULO 11°. El uso que deberá hacerse de los muebles y otros objetos de servicio será racional y moderado, cuidando de ellos debidamente, todo arrendatario, al salir del aparta-estudio tiene la obligación de dejar cerradas las puertas y ventanas, salidas de agua y energía, así como conservar las llaves de la casa y dejar la puerta principal debidamente cerrada.
ARTÍCULO 12°. El arrendatario o visitantes deberán comportarse con decencia y moralidad dentro la casa, quedando prohibido alterar el orden, hacer ruidos que incomoden o molesten a los demás arrendatarios, así como también usar la casa o aparta-estudio para ejecutar cualquier acto o juego prohibido por la ley (servicios sexuales, webcan, etc).
ARTÍCULO 13°. Queda estrictamente prohibido a los arrendatarios introducir, producir, ingerir, aplicarse o consumir dentro del aparta-estudio y/o propiedad la casa cualquier clase de drogas o plantas psicoactivas.
ARTÍCULO 14°. Queda prohibido al arrendatario colgar o colocar cuadros, imágenes, muebles u otros objetos en las paredes sin previa información al arrendador.
ARTÍCULO 15°. Queda prohibido tener medicinas, alimentos o sustancias que por su olor (fuerte o de mal olor) hagan desagradable el ambiente del aparta-estudio y a la vez molesten a los demás arrendatarios.
ARTÍCULO 16°. El arrendador no se hace responsable por documentos, joyas, dinero y demás objetos de valor olvidados en las zonas comunes de la casa.
ARTÍCULO 17°. Cuando el arrendatario haga escándalo dentro la casa o viole cualquiera de los artículos de estas normas, el arrendador con auxilio de la autoridad (si fuere necesario), exigirá la inmediata desocupación del aparta-estudio señalado en el contrato de arrendamiento.
ARTÍCULO 18°. Si algún arrendatario enfermase, deberá llamar a un servicio de urgencia y podrá ser atendido en su aparta-estudio cuyos costos serán asumidos por el arrendatario.
ARTÍCULO 19°. Para la seguridad de la casa y la de los arrendatarios, la propiedad será monitoreada las 24 horas del día por un sistema de cámaras de circuito cerrado, siendo este un medio probatorio ante cualquier eventualidad.
ARTÍCULO 20°. Nuestra política es respetar la tranquilidad y el descanso de todos nuestros arrendatarios, por ende, el uso de equipos de sonido y audio deben ser usados con un volumen moderado o utilizar los respectivos audífonos.
ARTÍCULO 21°. Toda queja, sugerencia o felicitación del arrendatario, deberá hacerla con respeto a la administración la casa por medio electrónico o telefónico (rubensdelr@gmail.com – Celulares: 3108548295/3102836080).
ARTÍCULO 22°. En la casa se han tomado medidas de seguridad instalando un número suficiente de extintores para ser utilizados en un eventual siniestro, en tales circunstancias los arrendatarios deberán avisar a la administración la casa.
ARTÍCULO 23°. La limpieza y aseo de los aparta-estudios durante su estancia (incluyendo el depósito de la basura en el área y horario indicado), es a cuenta del arrendatario.
ARTÍCULO 24°. Después de usar los espacios o zonas de uso común, deben dejarlos limpios y en orden.
ARTÍCULO 25°. En las zonas comunes como pasillos, zona de lavandería no se debe dejar ninguna clase de objetos de valor o que obstaculicen el paso, igualmente el uso de estas debe ser el adecuado según normas informadas en dichas zonas.
ARTÍCULO 26°. El incumplimiento de estas normas de convivencia por parte del arrendatario será causal de terminación inmediata del contrato de arrendamiento, sin responsabilidad jurídica para el arrendador.
ARTÍCULO 27°. Con el fin de garantizar una adecuada velocidad en la transmisión de datos por internet para todos los arrendatarios de la casa, solicitamos hacer el uso adecuado de este servicio.
ARTÍCULO 28°. Está prohibido tender o colgar ropa, zapatos, tenis etc. en las ventanas, espacios abiertos o terrazas.
ARTICULO 29°. Las llaves del edificio y del aparta-estudio no podrán ser transferidos ni prestados a ninguna persona distinta a la suscrita al contrato de arrendamiento.
ARTICULO 30°. Es responsabilidad del arrendatario que firman el contrato de arrendamiento, la seguridad de la casa y del buen uso de sus instalaciones y mobiliario, el costo de cualquier desperfecto, reparación, sustitución o robo será cubierto en su totalidad por el mismo.
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